Los gastos deducibles bajan tu rendimiento neto, que es la cifra por la que pagas IRPF y la que decide tu tramo de cuota de autónomos. Esta guía es para autónomos en estimación directa (normal o simplificada), que es el régimen de la mayoría. Si estás en módulos, tus gastos no cuentan: pagas por índices fijos.
Los 4 requisitos de cualquier gasto deducible
- Que esté ligado a tu actividad. Un gasto personal no se deduce, aunque lo pagues con la cuenta del negocio.
- Que tengas factura completa a tu nombre y con tu NIF. Un tique simplificado sin tus datos no basta.
- Que lo anotes en tu libro registro de gastos.
- Que lo imputes al año que toca: el año en que se produce el gasto (devengo), no el año en que lo pagas.
Cuánto puedes deducir de cada gasto
| Gasto | En el IRPF | Base legal |
|---|---|---|
| Cuota de autónomos (RETA) | 100 % | Art. 30 LIRPF |
| Alquiler de local u oficina, coworking | 100 % | Art. 28 LIRPF |
| Gestoría, software, hosting, publicidad, formación | 100 % | Art. 28 LIRPF |
| Suministros de tu casa (luz, agua, gas, internet, teléfono) | 30 % de la parte de la vivienda afecta | Art. 30.2.5.ª b LIRPF |
| Alquiler, IBI, comunidad o seguro de tu casa | El % de metros que usas para trabajar | Art. 28 LIRPF |
| Comidas propias en viajes de trabajo | Hasta 26,67 €/día en España y 48,08 € fuera; con pernocta, 53,34 € y 91,35 € | Art. 30.2.5.ª b LIRPF y art. 9 RIRPF |
| Seguro de salud tuyo, de tu pareja e hijos menores de 25 | Hasta 500 € por persona (1.500 € con discapacidad) | Art. 30.2.5.ª a LIRPF |
| Atenciones a clientes y regalos | Hasta el 1 % de lo que facturas | Art. 15.e LIS |
| Coche | Solo si lo usas solo para trabajar (salvo comerciales, transportistas y otros casos) | Art. 22 RIRPF |
| Ordenadores, muebles, maquinaria | Por amortización, en varios años | Art. 30 RIRPF |
| Gastos de difícil justificación (simplificada) | 5 % del rendimiento neto previo, máx. 2.000 € | Art. 30 RIRPF |
El IVA de estos gastos va por otro camino: lo restas en el modelo 303, no en el IRPF. Por eso, si deduces el IVA, el gasto en el IRPF va sin IVA.
Lista de gastos deducibles por tipo
Compras, material y mercancías
Materias primas, mercaderías para revender, material de oficina, envases y embalajes, consumibles y pequeñas herramientas. Son gastos deducibles al 100 % si son para la actividad.
Personal
Son gastos deducibles los sueldos de tus trabajadores, la Seguridad Social a cargo de la empresa, indemnizaciones, formación y dietas de tus empleados. Tu propio "sueldo" no es un gasto: tributas por el beneficio.
Tu cuota de autónomos y el colegio profesional
La cuota que pagas cada mes al RETA es deducible al 100 %. Con la cuota mínima del tramo 5 (302,65 € al mes) son 3.631,80 € al año. También la cuota del colegio profesional, si colegiarte es obligatorio para ejercer.
Servicios de profesionales
También son gastos deducibles la gestoría y asesoría, los abogados, marketing y diseño, programación, limpieza del local, mensajería y reparaciones.
Alquileres y gastos financieros
El alquiler del local o del coworking, el renting o alquiler de equipos, los intereses de préstamos para la actividad, las comisiones bancarias y las de TPV o pasarelas de pago. Si alquilas un local, normalmente tienes que retener el 19 % al propietario y presentar el modelo 115.
Tributos
El IBI del local y las tasas municipales. Como persona física estás exento del IAE, así que normalmente no lo pagas. Si tu actividad está exenta de IVA, como la sanitaria o parte de la enseñanza, el IVA que pagas en tus gastos es parte del gasto. No son gastos deducibles las multas, los recargos ni el propio IRPF.
Seguros, suscripciones y formación
Seguros de responsabilidad civil, del local y de los equipos, suscripciones profesionales, herramientas online y cursos relacionados con tu trabajo. Publicidad, tarjetas y folletos, también.
Trabajar desde casa: suministros y vivienda
Si trabajas en tu vivienda habitual, tienes que comunicar a Hacienda en el modelo 036 o 037 qué parte usas para la actividad (en metros cuadrados). Después hay dos reglas distintas:
- Alquiler, IBI, comunidad, seguro e intereses de la hipoteca: deduces el porcentaje de metros afectos. Si usas el 25 % de la casa, deduces el 25 %.
- Suministros (luz, agua, gas, internet y teléfono): deduces el 30 % de esa parte afecta (art. 30.2.5.ª b LIRPF).
Ejemplo: usas el 25 % de tu casa. Pagas 800 € al mes de alquiler (9.600 € al año) y 120 € al mes de luz (1.440 € al año).
- Alquiler: 9.600 × 25 % = 2.400,00 € deducibles.
- Luz: 1.440 × 25 % × 30 % = 108,00 € deducibles.
Coche, móvil y comidas: los gastos que más revisa Hacienda
Coche
En el IRPF el coche solo se deduce si lo usas exclusivamente para trabajar (art. 22 RIRPF). Si también lo usas en tu vida privada, no puedes deducir nada: ni la gasolina, ni el seguro, ni la amortización. Las excepciones son el transporte de mercancías o viajeros, las autoescuelas, la vigilancia y los desplazamientos de agentes y representantes comerciales.
En el IVA la regla es otra: se presume que el coche está afecto al 50 % y puedes deducir la mitad del IVA (art. 95 LIVA). No confundas las dos reglas.
Móvil e internet
Si es un uso mixto, deduces la parte profesional que puedas justificar. Lo más seguro es tener una línea solo para el trabajo: así la deduces entera.
Comidas
- Tus comidas en un desplazamiento de trabajo: hasta 26,67 € al día en España y 48,08 € en el extranjero, o 53,34 € y 91,35 € si duermes fuera. Tienen que ser en un restaurante u hotel, pagadas con tarjeta u otro medio electrónico, y con factura.
- Comidas y regalos con clientes (atenciones a clientes): deducibles, pero todas juntas no pueden pasar del 1 % de lo que facturas en el año. Su IVA no se deduce.
Gastos de difícil justificación: el 5 % automático
Si estás en estimación directa simplificada (facturación de menos de 600.000 € el año anterior), puedes restar un 5 % de tu rendimiento neto previo por gastos que no puedes justificar con factura. Se aplica sin demostrar nada. El máximo es de 2.000 € al año (art. 30 RIRPF).
- Rendimiento neto previo de 30.000 €: restas 1.500 €.
- Rendimiento neto previo de 50.000 €: el 5 % serían 2.500 €, pero restas 2.000 € por el tope.
El porcentaje fue del 7 % solo en el ejercicio 2023. Desde 2024 ha vuelto al 5 %. No confundas este 5 % con el 7 % de gastos genéricos que resta la Seguridad Social para fijar tu tramo de cuota: es otra cuenta, que verás en la calculadora de cuota de autónomos.
Amortizaciones: los bienes que duran varios años
Un ordenador o un mueble no se deducen de golpe el año que los compras, sino poco a poco. En estimación directa simplificada se usa esta tabla:
| Bien | % máximo al año | Periodo máximo |
|---|---|---|
| Edificios y locales | 3 % | 68 años |
| Instalaciones y mobiliario | 10 % | 20 años |
| Maquinaria | 12 % | 18 años |
| Elementos de transporte | 16 % | 14 años |
| Equipos y programas informáticos | 26 % | 10 años |
| Útiles y herramientas | 30 % | 8 años |
Ejemplo: compras un ordenador de 1.200 € sin IVA. Puedes deducir hasta el 26 % al año: 312,00 €. Los bienes nuevos de hasta 300 € cada uno se pueden deducir enteros el año de compra, con un máximo de 25.000 € al año.
Ejemplo completo: de tus ingresos al rendimiento neto
Eres diseñadora en estimación directa simplificada y trabajas desde casa. En 2026 facturas 40.000 € sin IVA y tienes estos gastos deducibles:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Ingresos (sin IVA) | 40.000,00 € |
| Cuota de autónomos (302,65 € × 12) | −3.631,80 € |
| Gestoría | −1.200,00 € |
| Software y hosting | −900,00 € |
| Seguro de salud (solo para ti) | −500,00 € |
| Luz de casa (1.440 × 25 % × 30 %) | −108,00 € |
| Rendimiento neto previo | 33.660,20 € |
| Difícil justificación (5 %) | −1.683,01 € |
| Rendimiento neto de la actividad | 31.977,19 € |
Sobre esos 31.977,19 € pagas IRPF en la declaración de la renta. Durante el año adelantas un 20 % del rendimiento con el modelo 130, salvo que el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos llevara retención en factura. Calcula tus retenciones con la calculadora de retención en factura.
Gastos que no puedes deducir
- Ropa de uso normal. Sí se deduce la ropa de trabajo o de protección.
- Multas, sanciones y recargos.
- Donativos: van en la declaración como deducción, no como gasto de la actividad.
- Gastos personales, aunque la factura esté a tu nombre.
- El IVA que ya has restado en el modelo 303.
- Gastos sin factura completa.
Cómo no perder ninguna deducción
Casi todos los gastos deducibles que se pierden no son dudosos: simplemente no se documentaron a tiempo. Sigue estos pasos:
- Pide siempre factura completa con tu NIF, también en compras pequeñas.
- Usa una cuenta bancaria solo para la actividad. Te facilita probar cada gasto.
- Comunica en el 036 o 037 la parte de casa que usas para trabajar antes de deducir suministros.
- Anota cada gasto en el libro registro el mismo mes, no a final de año.
- Guarda las facturas al menos 4 años, el plazo que tiene Hacienda para revisarte.
Preguntas frecuentes
¿La cuota de autónomos es un gasto deducible?
Sí, al 100 % en el IRPF. Con la cuota mínima del tramo 5 (302,65 € al mes) son 3.631,80 € al año que restas de tus ingresos.
¿Qué porcentaje de gastos de difícil justificación hay en 2026?
El 5 % del rendimiento neto previo, con un máximo de 2.000 € al año. Solo en estimación directa simplificada. Fue del 7 % únicamente en 2023.
¿Cuánto puedo deducir de la luz si trabajo en casa?
El 30 % de la parte de la vivienda que usas para trabajar. Si usas el 25 % de la casa y pagas 1.440 € de luz al año, deduces 1.440 × 25 % × 30 % = 108,00 €.
¿Puedo deducir el coche si lo uso también para mí?
En el IRPF no: solo se deduce si el uso es exclusivo para la actividad, salvo comerciales, transportistas y otros casos de la ley. En el IVA sí puedes deducir el 50 % del IVA, porque se presume ese uso.
¿Cuánto puedo deducir en comidas?
Tus comidas en desplazamientos de trabajo, hasta 26,67 € al día en España y 48,08 € en el extranjero, pagadas con tarjeta en un restaurante. Las comidas con clientes, hasta el 1 % de lo que facturas.
¿Puedo deducir un ordenador que también uso para ocio?
Sí, si es tu herramienta de trabajo y el uso privado es ocasional. Se deduce por amortización: hasta el 26 % al año, o entero el año de compra si cuesta 300 € o menos.
📜 Fuentes y base legal
- Art. 28 LIRPF: el rendimiento neto se calcula con las reglas del Impuesto sobre Sociedades. (Ley 35/2006, del IRPF)
- Art. 30 LIRPF: seguros de salud, suministros de la vivienda (30 %) y manutención. (Ley 35/2006)
- Art. 30 RIRPF: estimación directa simplificada, amortizaciones y gastos de difícil justificación. (Real Decreto 439/2007)
- Art. 22 RIRPF: elementos afectos y uso exclusivo del vehículo. (Real Decreto 439/2007)
- Art. 15.e LIS: límite del 1 % para atenciones a clientes. (Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades)
- Agencia Tributaria: manual de la renta, estimación directa y porcentaje del 5 %. (AEAT)
Enlaces al texto consolidado del BOE y a la sede de la AEAT, revisados el 11 de octubre de 2026. Información orientativa: tu gestoría puede revisar tu caso concreto. Ver fórmulas y limitaciones.
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