Verifactu para Autónomos: Fechas, Requisitos y Multas
Verifactu obliga a que todos los programas de facturación generen registros que no se puedan borrar ni modificar. Si eres autónomo y facturas con un ordenador, te afecta: la fecha límite es el 1 de julio de 2027 y la sanción por usar un sistema no conforme es de 50.000 € por ejercicio. Te explicamos qué es exactamente, a quién obliga, quién queda fuera y qué tienes que hacer.
¿Qué es Verifactu exactamente?
Verifactu no es un impuesto nuevo ni un trámite que tengas que presentar. Es una norma técnica dirigida a los programas de facturación: define cómo debe comportarse cualquier software que emita facturas para que los registros sean íntegros, conservables, trazables e inalterables.
La cadena normativa es esta: la Ley 11/2021 (Ley Antifraude) introdujo la letra j) en el artículo 29.2 de la Ley General Tributaria; el Real Decreto 1007/2023 aprobó el reglamento que desarrolla esos requisitos (conocido como RRSIF o «Reglamento Verifactu»); y la Orden HAC/1177/2024 fijó las especificaciones técnicas concretas.
El objetivo declarado es acabar con el llamado software de doble uso: los programas que permiten emitir una factura, cobrarla y después borrarla sin que quede rastro. Con Verifactu, cada factura genera un registro con una huella digital (hash) que se encadena con el registro anterior, de forma que cualquier manipulación posterior rompe la cadena y queda evidenciada.
Calendario: cuándo entra en vigor
Las fechas se han aplazado dos veces. El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE del 3 de diciembre) amplió un año más el plazo de adaptación. Este es el calendario vigente:
| Fecha | A quién afecta |
|---|---|
| 29 de julio de 2025 | Los fabricantes y comercializadores de software ya están obligados a ofrecer productos adaptados. Si tu programa aún no lo está, el incumplimiento es de tu proveedor. |
| 1 de enero de 2027 | Entidades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades: SL, SA, cooperativas y asociaciones con actividad económica. |
| 1 de julio de 2027 | Autónomos en IRPF y el resto de obligados tributarios: entidades en atribución de rentas (comunidades de bienes, sociedades civiles) y no residentes con establecimiento permanente. |
Hasta esas fechas hay un periodo de pruebas: puedes empezar a usar un sistema en modalidad VERI*FACTU y enviar registros de prueba, o seguir facturando con tu sistema actual, siempre que llegues adaptado a la fecha límite.
⚠️ Ojo con la información desactualizada: muchos artículos y comparativas publicados antes de diciembre de 2025 siguen diciendo que la fecha para autónomos es julio de 2026. Esa fecha ya no es válida. Comprueba siempre la fecha de actualización de lo que leas.
¿A quién obliga y quién queda fuera?
La regla general es sencilla: te afecta si estás obligado a expedir factura y lo haces con un sistema informático, ya sean facturas completas o simplificadas (los tickets con los datos mínimos también cuentan). Da igual tu volumen de facturación y da igual que tributes en estimación directa o en módulos.
Los principales supuestos que quedan fuera son:
- Acogidos al SII (Suministro Inmediato de Información), que ya remiten sus libros registro de IVA a la AEAT.
- Territorios forales: País Vasco y Navarra tienen sus propios sistemas equivalentes, TicketBAI y Batuz. Lo que determina el sistema aplicable es tu domicilio fiscal, no dónde estén tus clientes.
- Quien no usa ningún sistema informático: si emites todas tus facturas a mano, en talonario, el artículo 201 bis no te aplica. Sigues obligado al reglamento de facturación general (contenido, numeración correlativa, conservación cuatro años).
- Operaciones y sujetos con dispensa expresa reconocida por la Agencia Tributaria en los supuestos previstos en el reglamento.
Las dos modalidades: VERI*FACTU y sistema no verificable
El reglamento no te obliga a mandar tus facturas a Hacienda. Puedes elegir entre dos formas de cumplir:
| Modalidad VERI*FACTU | Sistema no verificable | |
|---|---|---|
| Envío a la AEAT | Sí, un registro de cada factura al expedirla | No, salvo requerimiento |
| Huella digital y encadenado | Sí | Sí |
| Firma electrónica | No exigida (basta el envío) | Sí, obligatoria |
| Registro de eventos | Requisitos aligerados | Completo y conservado |
| Conservación de registros | Copia en la AEAT | Íntegramente a tu cargo |
Para un autónomo sin conocimientos técnicos, la modalidad VERI*FACTU suele ser la más cómoda: al enviar el registro en el momento de emitir, la Agencia Tributaria guarda una copia y los requisitos de conservación y auditoría interna se relajan. La contrapartida es evidente: Hacienda ve tus facturas emitidas en tiempo casi real.
Qué cambia en tus facturas
A partir de la fecha límite, cada factura que emitas con un programa adaptado tendrá:
- Un código QR que permite al destinatario verificar la factura en la sede electrónica de la AEAT.
- La mención «VERI*FACTU» o «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT», si usas esa modalidad.
- Un registro de alta generado en el momento de la expedición, encadenado con el anterior mediante huella digital.
- Un registro de anulación cuando corresponda: ya no se borran facturas, se anulan dejando constancia. Los errores se corrigen con factura rectificativa.
En el día a día, esto significa que se acabó editar una factura ya emitida. Si te equivocas en un importe, en el NIF del cliente o en el tipo de IVA, el camino es una rectificativa, no reabrir el documento original.
Migrar la facturación implica dar de alta tus datos fiscales, tus clientes, tus series de numeración y tus conceptos habituales, y comprobar que la primera factura sale correcta. Es cuestión de horas si lo haces con calma. El problema es concentrarlo en las semanas previas al plazo, cuando el soporte técnico de todos los proveedores está saturado y cualquier incidencia con tu numeración correlativa te deja sin poder facturar. Quien migre durante 2026 llegará a la fecha con el sistema rodado y con un ejercicio completo de histórico ordenado. Ver Quipu — facturación adaptada a Verifactu → Enlace de afiliado: si contratas el servicio, CalculadoraLaboral.es recibe una comisión sin coste adicional para ti. Solo recomendamos herramientas que usaríamos nosotros.
¿Puedo seguir facturando con Excel o Word?
No. Una hoja de cálculo o una plantilla de Word permiten modificar y eliminar facturas sin dejar rastro, que es precisamente lo que la norma persigue. No generan huella digital, no encadenan registros, no llevan registro de eventos y no emiten el código QR.
Tampoco vale un programa de facturación antiguo que el proveedor haya dejado de actualizar. Y aquí conviene ser claro: la responsabilidad de tener el sistema conforme es tuya, aunque el software lo haya hecho otro. Antes de la fecha límite, pide a tu proveedor la declaración responsable que acredite que su producto cumple el reglamento. Si no puede dártela, tienes un problema y conviene resolverlo con tiempo.
Sanciones: cuánto cuesta no cumplir
El régimen sancionador está en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, y tiene una particularidad importante: se sanciona la tenencia del software no conforme, sin necesidad de que Hacienda demuestre que has ocultado ingresos.
| Conducta | Quién responde | Sanción |
|---|---|---|
| Tenencia o uso de un sistema no conforme o no certificado | Autónomo o empresa usuaria | 50.000 € por ejercicio |
| Fabricación o comercialización de software no conforme | Desarrollador o distribuidor | 150.000 € por ejercicio y tipo de sistema |
| Comercializar sin la certificación exigida | Desarrollador o distribuidor | 1.000 € por sistema |
A esto se suman, con independencia de que uses o no software, las sanciones del artículo 201 LGT por incumplir las obligaciones de facturación: un 1 % del conjunto de las operaciones afectadas por incumplimientos en la expedición, remisión, rectificación o conservación, y un 2 % cuando directamente no se expide o no se conserva la factura (o 300 € por operación si no puede determinarse el importe).
Verifactu no es la factura electrónica obligatoria
Es la confusión más común y conviene separarlas, porque son normas distintas con calendarios distintos:
- Verifactu (RD 1007/2023): regula cómo debe comportarse tu programa de facturación. Puedes seguir enviando la factura a tu cliente en PDF o incluso en papel; lo que cambia es cómo se genera y se conserva el registro.
- Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece): obligará a intercambiar las facturas entre empresas y autónomos en un formato electrónico estructurado, con información sobre el estado de pago. Su calendario depende de una orden ministerial de desarrollo y llegará después.
Dicho de otro modo: adaptarte a Verifactu es el primer paso, y quien lo haga bien tendrá gran parte del camino hecho para lo segundo.
Cómo prepararte: checklist
- Identifica con qué facturas hoy. Excel, Word, un PDF editable, una web de facturas gratuita o un programa instalado: apúntalo.
- Pregunta a tu proveedor si su producto está adaptado al RRSIF y si puede facilitarte la declaración responsable. Están obligados desde julio de 2025.
- Decide la modalidad: VERI*FACTU (envío a la AEAT, menos carga de conservación) o sistema no verificable (nada se envía, pero firma electrónica y registro de eventos a tu cargo).
- Revisa tus series de numeración. Es el punto donde más se complican las migraciones: la numeración debe ser correlativa y sin saltos dentro de cada serie.
- Migra durante 2026 y trabaja unos meses en paralelo si puedes, para detectar problemas antes de que sea obligatorio.
- Comprueba una factura real emitida con el sistema nuevo: que lleve el QR, que se pueda verificar y que la rectificativa funcione.
Cumplir la norma es el mínimo, no el criterio de selección: dentro de un año todos los programas del mercado la cumplirán. Lo que marca la diferencia para un autónomo es lo que la herramienta te ahorra el resto del año: lectura automática de tickets y facturas de gasto por OCR, conexión con tu banco para conciliar cobros y pagos, control de qué facturas están pendientes, y sobre todo el autorrellenado de los modelos trimestrales (el 303 de IVA, el 130 de IRPF, el 111 de retenciones). Si vas a cambiar de sistema obligatoriamente, aprovecha el cambio para dejar de hacer a mano el trabajo de cada trimestre. Ver Quipu — OCR de gastos, banco y modelos 303/130/111 → Enlace de afiliado: si contratas el servicio, CalculadoraLaboral.es recibe una comisión sin coste adicional para ti. Solo recomendamos herramientas que usaríamos nosotros.
Preguntas frecuentes sobre Verifactu
¿Verifactu es obligatorio ya en 2026?
No para los usuarios. Durante 2026 estamos en periodo de adaptación: la obligación llega el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos. Lo que sí está vigente desde julio de 2025 es la obligación de los fabricantes de ofrecer software adaptado.
Tributo en módulos, ¿me afecta?
Sí, si estás obligado a expedir factura y la emites con un sistema informático. El régimen de estimación objetiva no exime del reglamento de facturación ni de Verifactu.
¿Tengo que enviar mis facturas a Hacienda en tiempo real?
Solo si eliges la modalidad VERI*FACTU. La alternativa es un sistema no verificable que conserva los registros firmados y encadenados en tu poder, disponibles si la Agencia Tributaria los requiere.
Facturo muy poco, ¿hay algún mínimo?
No existe umbral por volumen de facturación. La obligación depende de si expides facturas y de si usas un sistema informático para hacerlo, no de cuánto factures.
¿Puedo hacer las facturas a mano en talonario?
Legalmente sí, y en ese caso el artículo 201 bis no te aplica porque no usas ningún sistema informático. Sigues obligado al contenido, la numeración correlativa y la conservación durante cuatro años. En la práctica es una opción muy poco operativa salvo para actividades con muy pocas facturas.
Estoy en el País Vasco o Navarra, ¿qué aplico?
TicketBAI y, en Bizkaia, el sistema Batuz. Lo determinante es tu domicilio fiscal, no la ubicación de tus clientes. Si trasladas el domicilio fiscal entre territorio común y foral, tendrás que cambiar de sistema.
¿Qué pasa si me equivoco en una factura ya emitida?
No se edita ni se borra. Se emite una factura rectificativa, y el sistema genera el registro correspondiente manteniendo inalterado el original. Es el cambio de hábito más relevante en el día a día.