Que te despidan da vértigo, pero lo que hagas en los primeros días decide cuánto cobras. Esta guía te dice qué hacer si te despiden, en orden, sea cual sea el tipo de despido. Si ya tienes claro que quieres reclamar porque el despido es injusto, ve directamente a despido improcedente: qué hacer y cómo reclamar.
Plazos que empiezan a correr el día del despido
| Trámite | Plazo | Si se pasa |
|---|---|---|
| Impugnar el despido | 20 días hábiles (art. 59.3 ET) | Caduca: ya no puedes reclamar el despido |
| Pedir el paro | 15 días hábiles (art. 268 LGSS) | Pierdes los días de retraso |
| Reclamar cantidades del finiquito | 1 año (art. 59.2 ET) | Prescribe |
| Preaviso del despido objetivo | 15 días | Te deben el salario de esos días |
Los días hábiles no incluyen sábados, domingos ni festivos. Empiezan a contar el día siguiente a la fecha de efectos del despido.
Qué hacer si te despiden, paso a paso
1. Lee la carta y firma «recibí, no conforme»
La empresa debe entregarte la carta por escrito. Según el tipo de despido, debe incluir:
- Disciplinario: los hechos concretos que te imputan y la fecha de efectos (art. 55.1 ET).
- Objetivo: la causa, la indemnización de 20 días por año puesta a tu disposición en ese momento y 15 días de preaviso, o su salario si no te los dan (art. 53.1 ET).
Firma añadiendo «recibí, no conforme» y la fecha. Firmar solo demuestra que la has recibido: no pierdes el derecho a reclamar. Fíjate bien en la fecha de efectos, porque desde el día siguiente empiezan a correr los plazos.
2. Identifica qué tipo de despido es
La indemnización mínima depende del tipo de despido y de cómo se califique si lo reclamas:
| Tipo | Indemnización mínima |
|---|---|
| Improcedente | 33 días por año, máx. 24 mensualidades (45 días por el tiempo anterior al 12/02/2012) |
| Objetivo o colectivo (ERE) | 20 días por año, máx. 12 mensualidades |
| Disciplinario procedente | 0 € |
| Fin de contrato temporal | 12 días por año |
| Nulo | Readmisión y salarios de tramitación |
Te lo explicamos con detalle en tipos de despido en España y, si es por faltas, en despido disciplinario.
3. Revisa el finiquito antes de firmarlo
El finiquito es lo que ya has ganado y te deben, haya o no indemnización. Incluye:
- El salario de los días trabajados del mes.
- Las vacaciones generadas y no disfrutadas: compruébalas con la calculadora de vacaciones.
- La parte proporcional de las pagas extra, si no las cobras prorrateadas.
- Horas extra u otros conceptos pendientes.
Verifícalo con la calculadora de finiquito. La empresa debe darte la propuesta antes (art. 49.2 ET) y puedes pedir que esté presente un representante de los trabajadores al firmarlo. Si no estás de acuerdo con las cantidades, firma «no conforme». Para reclamar cantidades tienes 1 año.
4. Comprueba la indemnización
Se calcula con tu salario diario (salario bruto anual ÷ 365) por los días que marca la ley por cada año trabajado. Ejemplo: con 24.000 € brutos al año y 4 años en la empresa, un despido objetivo da 5.260,27 € (80 días) y uno improcedente, 8.679,45 € (132 días). Calcula el tuyo con la calculadora de indemnización por despido y, si dudas de tu antigüedad, con la calculadora de antigüedad.
5. Pide el paro en 15 días hábiles
Tienes 15 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de efectos. Si lo pides tarde, no lo pierdes, pero se descuentan los días de retraso. Puedes hacerlo:
- Por internet, en la sede electrónica del SEPE, con Cl@ve o certificado digital, o con el formulario de presolicitud.
- En persona, con cita previa en tu oficina de prestaciones.
Además, tienes que estar inscrito como demandante de empleo en el servicio de empleo de tu comunidad. Necesitas 360 días cotizados en los últimos 6 años. Pídelo aunque vayas a reclamar el despido: son trámites independientes. Te lo contamos en cómo solicitar el paro y puedes simular la cuantía con la calculadora del paro.
6. Decide si impugnas en 20 días hábiles
Merece la pena estudiarlo si:
- Los hechos de la carta son falsos, exagerados o no están concretados.
- La indemnización que te ofrecen es menor que la que te corresponde.
- No te han dado el preaviso o no han puesto a tu disposición la indemnización del despido objetivo.
- El despido podría ser nulo: embarazo, baja médica, reducción de jornada, discriminación o represalia por reclamar.
El proceso es: papeleta de conciliación (en Madrid, en el SMAC), acto de conciliación y, si no hay acuerdo, demanda en el Juzgado de lo Social. Tienes el paso a paso completo, con plazos y ejemplos, en despido improcedente: qué hacer y cómo reclamar.
7. Guarda toda la documentación
- Carta de despido y finiquito.
- Contrato de trabajo y últimas 12 nóminas.
- Vida laboral actualizada: ver cómo consultar tu vida laboral.
- Correos, mensajes y cualquier comunicación con la empresa.
Errores que te pueden costar dinero
- Dejar pasar los plazos. 20 días hábiles para impugnar y 15 para el paro. El de impugnar no se puede ampliar.
- Firmar el finiquito «conforme» sin revisarlo. Te pueden discutir después que aceptaste esas cantidades.
- Firmar una baja voluntaria o un documento de «mutuo acuerdo» en lugar del despido. Sin despido no hay paro ni indemnización.
- Cerrar acuerdos solo de palabra. Son válidos, pero muy difíciles de probar. Y si pactas la indemnización fuera de la conciliación o del juzgado, pierdes la exención de IRPF.
- No comprobar las cifras con las calculadoras antes de firmar nada.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que firmar la carta de despido?
Firmarla solo acredita que la has recibido, no que estés de acuerdo. Escribe «recibí, no conforme» y la fecha. Si te niegas a firmar, la empresa puede notificártela por burofax o ante testigos, y el despido produce efectos igual.
¿Puedo cobrar el paro si el despido es disciplinario?
Sí. Cualquier despido es situación legal de desempleo, también el disciplinario procedente. Lo que no da derecho a paro es la baja voluntaria.
¿Me pueden despedir estando de baja médica?
Pueden, pero si el motivo real es tu enfermedad o tu baja, el despido puede declararse nulo por discriminación (Ley 15/2022). En ese caso te readmiten y te pagan los salarios de tramitación.
¿Qué pasa si me despiden estando embarazada?
El despido será nulo salvo que la empresa demuestre una causa real ajena al embarazo. La misma protección tienes durante los permisos por nacimiento, lactancia o cuidado de menores y al volver de ellos.
¿Necesito abogado para impugnar?
No es obligatorio en la conciliación ni en el Juzgado de lo Social, pero sí muy recomendable si hay cantidades importantes en juego. También puedes acudir a tu sindicato.
¿Tengo horas libres durante el preaviso del despido objetivo?
Sí. Durante los 15 días de preaviso tienes derecho a una licencia retribuida de 6 horas a la semana para buscar otro empleo.
📜 Fuentes y base legal
- Art. 55.1 ET — El despido disciplinario se notifica por escrito con los hechos y la fecha de efectos. (Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores)
- Art. 53 ET — Despido objetivo: carta, indemnización de 20 días, 15 días de preaviso y licencia de 6 horas semanales. (Estatuto de los Trabajadores)
- Art. 49.2 ET — Propuesta del documento de liquidación (finiquito). (Estatuto de los Trabajadores)
- Art. 59 ET — 1 año para reclamar cantidades y 20 días hábiles para impugnar el despido. (Estatuto de los Trabajadores)
- Art. 63 LRJS — Conciliación previa obligatoria antes de la demanda. (Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social)
- Arts. 266 a 268 LGSS — Requisitos del paro, situación legal de desempleo y plazo de solicitud. (Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social)
- Ley 15/2022 — Igualdad de trato: la enfermedad es causa de discriminación. (Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación)
- SEPE — Solicitud de la prestación por desempleo. (Servicio Público de Empleo Estatal)
Enlaces al texto consolidado del BOE y a organismos oficiales. Revisado el 11 de octubre de 2026. Importes orientativos: tu convenio colectivo o tu contrato pueden mejorar estos mínimos. Ver fórmulas y limitaciones.
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