Actualizado el 11 de octubre de 2026 · Escala del art. 269 LGSS
Cómo se calcula la duración del paro
La duración del paro depende solo de los días que hayas cotizado por desempleo en los 6 años anteriores a quedarte sin trabajo (art. 269.1 LGSS). No influyen tu sueldo, tu edad ni tus hijos. Cada 180 días cotizados suman 60 días de paro, desde los 120 días con 360 cotizados hasta los 720 días con 2.160 o más.
Solo cuentan los últimos 6 años. Si llevas 20 años trabajando, el SEPE mira solo lo cotizado en esos 6 años. Y si ya cobraste un paro en ese tiempo, los días que se usaron para reconocértelo no vuelven a contar.
¿Cuánto paro me corresponde por los años que he trabajado?
La regla práctica es sencilla: 4 meses de paro por cada año trabajado, contando solo lo cotizado en los últimos 6 años y con un máximo de 24 meses. Estos son los casos más buscados:
- Por 6 meses trabajados: no tienes paro, porque no llegas a los 360 días. Sí puedes cobrar el subsidio por cotización insuficiente: con 180 días cotizados o más son 6 meses (21 meses con responsabilidades familiares), a 570 € al mes los 6 primeros meses. Lo mismo ocurre por 8 meses trabajados.
- Por 1 año trabajado: 4 meses de paro.
- Por 18 meses o 20 meses trabajados: 6 meses de paro.
- Por 2 años trabajados: 8 meses de paro.
- Por 3 años trabajados: 12 meses de paro.
- Por 4 años trabajados: 16 meses de paro.
- Por 5 años trabajados: 20 meses de paro.
- Por 6 años o más: 24 meses, el máximo. Aunque hayas trabajado 20 años, la duración del paro no pasa de 24 meses.
Ojo con el cálculo exacto: el SEPE cuenta días cotizados, no años. Un año natural trabajado son 365 días, así que con 4 años seguidos sumas unos 1.460 días y te corresponden 16 meses. Si estás cerca del límite de un tramo, mira tus días exactos en tu vida laboral.
Ejemplos prácticos
- Contrato indefinido de 2 años: 730 días cotizados (2 × 365). Está en el tramo de 720 a 899 días: 8 meses de paro (240 días).
- 15 años en la misma empresa: solo cuentan los últimos 6 años, unos 2.190 días. Supera los 2.160: 24 meses, el máximo.
- Varios contratos temporales: suman 450 días en los últimos 6 años. Tramo de 360 a 539: 4 meses. Con 90 días más (540) subiría a 6 meses.
- 10 meses trabajados: unos 300 días. No hay paro, pero sí subsidio por cotización insuficiente: 6 meses, o 21 con responsabilidades familiares.
Requisitos para tener derecho al paro
- Cotización mínima: 360 días cotizados por desempleo en los 6 años anteriores, que no hayas usado para otro paro.
- Situación legal de desempleo: despido, fin de contrato temporal, ERE o ERTE (suspensión o reducción temporal de jornada de entre el 10 % y el 70 %). La baja voluntaria no da paro salvo excepciones: lo explicamos en baja voluntaria y paro.
- Inscripción como demandante de empleo en el servicio público de empleo de tu comunidad, y mantenerla mientras cobras.
- No tener la edad ordinaria de jubilación, salvo que no tengas cotizado lo necesario para cobrar la pensión.
Todos los requisitos, con detalle, en requisitos para cobrar el paro. Y cuando lo tengas claro, sigue los pasos de cómo solicitar el paro: tienes 15 días hábiles.
¿Qué pasa si no llego al mínimo de 360 días?
No tienes prestación contributiva, pero sí puedes tener otras ayudas:
- Subsidio por cotización insuficiente: desde 90 días cotizados. Dura 3, 4 o 5 meses si tienes de 90 a 179 días, y 6 meses con 180 días o más (21 meses si tienes responsabilidades familiares). Calcúlalo en la calculadora del subsidio por desempleo.
- Subsidio para mayores de 52 años: si tienes 52 años o más y cumples sus requisitos de cotización, dura hasta la jubilación. Míralo en el subsidio para mayores de 52.
- Ingreso Mínimo Vital: si tu situación económica es muy vulnerable, lo gestiona la Seguridad Social.
Cómo consultar tus días cotizados
Tus días cotizados aparecen en tu informe de vida laboral, que descargas gratis en Import@ss, el portal de la Seguridad Social. Muestra las fechas de alta y baja en cada empresa y los días de cada contrato.
Recuerda que la vida laboral enseña toda tu carrera, pero para la duración del paro solo cuentan los días de los últimos 6 años que no hayas usado ya en otra prestación. Si ya estás cobrando y quieres saber cuánto paro te queda, usa la calculadora de días restantes.
Preguntas frecuentes sobre la duración del paro
¿Cuántos meses de paro me corresponden por año trabajado?
4 meses por cada año cotizado (360 días) en los últimos 6 años. Con 360 días cobras 4 meses y con 2.160 días o más, el máximo de 24 meses.
¿Cuál es la duración máxima del paro?
24 meses (720 días). Para llegar al máximo necesitas 2.160 días cotizados en los últimos 6 años, aunque hayas trabajado muchos más años.
¿Se suman los días de diferentes trabajos?
Sí. Se suman los días cotizados en todos tus trabajos de los últimos 6 años, sea cual sea el número de empresas o la duración de cada contrato. Si tuviste dos trabajos a la vez, cada día cuenta una sola vez.
¿Cuentan igual los días trabajados a tiempo parcial?
Sí. Cada día trabajado a tiempo parcial cuenta como un día cotizado completo, trabajes las horas que trabajes (Real Decreto 950/2018). Lo que baja con la jornada parcial es la cuantía, no la duración.
¿Los días cotizados caducan después de 6 años?
Sí. Lo que cotizaste hace más de 6 años no cuenta para el paro actual. El periodo de referencia son siempre los 6 años anteriores a quedarte en paro.
¿Se guardan los días cotizados que me sobran?
No. Al reconocerte el paro, el SEPE da por usadas las cotizaciones de esos 6 años: los días que te sobran dentro de un tramo o por encima de 2.160 no se guardan para otra prestación. Si estás a pocos días del siguiente tramo, puede compensarte trabajar algo más antes de pedirlo.
¿Qué pasa si encuentro trabajo antes de agotar el paro?
Si el nuevo trabajo dura menos de 12 meses, el paro se suspende y, cuando acabe, lo reanudas pidiéndolo en 15 días hábiles. Si dura 12 meses o más y generas un paro nuevo, puedes elegir entre retomar lo que te quedaba o empezar el nuevo. Lo que no elijas se pierde. Lo explicamos con ejemplos en trabajar y cobrar el paro.
¿Cuentan los días cotizados como autónomo?
No para el paro de asalariado. Lo que cotizas como autónomo por cese de actividad da derecho a la prestación por cese de actividad, que es el «paro» de los autónomos: míralo en paro de autónomos.
Calcula cuánto cobrarás de paro
Ya sabes cuántos meses te corresponden. Ahora calcula la cantidad que recibirás cada mes.
Calcular prestación por desempleo →¿Piensas emprender? Puedes cobrar todos esos meses de golpe: calcula tu capitalización del paro (pago único).
📜 Fuentes: base legal y organismos oficiales
- Art. 269 LGSS: escala de duración, de 360 días cotizados (120 días de paro) a 2.160 o más (720 días), y derecho de opción. (Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social)
- Art. 266 LGSS: requisitos de acceso, periodo de 6 años y cotización mínima de 360 días. (LGSS)
- Art. 267 LGSS: situaciones legales de desempleo, incluido el ERTE. (LGSS)
- Arts. 274 y 277 LGSS: subsidio por cotización insuficiente y su duración. (Redacción del Real Decreto-ley 2/2024)
- Real Decreto 950/2018: cómputo de los días trabajados a tiempo parcial como días cotizados. (BOE)
- SEPE: prestaciones por desempleo: información oficial sobre el paro y su duración. (Servicio Público de Empleo Estatal)
Enlaces al texto consolidado del BOE y al SEPE. Revisado a 11 de octubre de 2026. Resultados orientativos: el SEPE calcula tu duración con tus datos de cotización. Ver fórmulas y limitaciones.
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