Viajar cobrando el paro, resumido en 4 líneas:

  1. Hasta 30 días naturales, una sola salida al año: sigues cobrando. Avisa antes al SEPE.
  2. De 31 a 90 días en el año: el paro se suspende mientras estás fuera, con aviso y autorización previos. Al volver pides reanudarlo en 15 días hábiles.
  3. Más de 90 días por ocio o motivos personales: el paro se extingue.
  4. Por trabajo, búsqueda de empleo, formación o cooperación: se suspende si vuelves antes de 12 meses. Si buscas empleo en la UE, puedes llevarte el paro de 3 a 6 meses con el documento U2.

Si vas a viajar cobrando el paro, mete antes tus fechas en el comprobador: te dice si mantienes, suspendes o pierdes el paro y qué tienes que hacer.

Comprobador: ¿qué pasa con tu paro si haces este viaje?

Salidas de más de 30 días que ya te suspendieron este año. Pon 0 si no tienes.

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Días fuera (contando salida y vuelta)-
Días que no cobrarás-
Tu paro se alarga-
Comunícalo al SEPE antes del-
Contamos el día de salida y el de vuelta para ir sobre seguro. El año es el natural (1 de enero a 31 de diciembre). Es una orientación basada en los artículos 271 y 272 de la LGSS: la decisión final es del SEPE.

Cuántos días puedes salir de España cobrando el paro

Puedes salir hasta 30 días naturales seguidos, una vez cada año natural, sin que el viaje cuente como «estancia» ni como «traslado de residencia». Así lo dice el artículo 271.1 de la Ley General de la Seguridad Social tras la reforma del Real Decreto-ley 2/2024, que subió el límite de 15 a 30 días. El cambio se aplica desde el 1 de noviembre de 2024.

Ese mes de margen tiene una condición: sigues obligado a cumplir el compromiso de actividad (art. 299 LGSS). Si el SEPE o tu servicio de empleo te citan mientras estás fuera y no lo has comunicado, puedes tener un problema. Por eso hay que avisar antes, aunque el viaje sea de un fin de semana.

1 salida al añocon aviso y autorizaciónmotivo personal
Qué pasa si sales de España cobrando el paro, según el tiempo fuera
Duración y motivoQué pasaQué tienes que hacer
Hasta 30 días naturales, una vez al año, cualquier motivoSigues cobrando. Esos días cuentan como paro consumido.Avisar antes de salir y seguir localizable.
De 31 a 90 días en el año natural (seguidos o sumando salidas)Suspensión: no cobras esos días, pero no los pierdes.Comunicarlo antes y esperar la autorización. Al volver, pedir la reanudación en 15 días hábiles.
Más de 90 días en el año por motivos personalesExtinción: pierdes el paro que te quedaba.Acortar el viaje o renunciar al paro restante.
Menos de 12 meses para trabajar, buscar empleo, formarte o cooperarSuspensión durante todo el tiempo fuera.Comunicarlo y obtener autorización. Guardar pruebas del motivo.
12 meses o más por trabajo u otros motivosExtinción.Al volver, comprueba si tienes un paro nuevo con lo cotizado fuera.
Buscar empleo en la UE, EEE o Suiza con el formulario U2Sigues cobrando desde España 3 meses, ampliables a 6.Pedir la exportación antes de irte e inscribirte allí en 7 días.

Ejemplos con fechas reales

Así se aplican las reglas a los viajes más habituales al salir al extranjero cobrando el paro:

Cómo comunicar al SEPE la salida al extranjero, paso a paso

Si estás cobrando el paro, la comunicación se hace antes de salir. Si un imprevisto te obliga a irte o a quedarte más tiempo, comunícalo en cuanto puedas desde el destino y guarda pruebas.

  1. Decide las fechas exactas de ida y vuelta y el motivo. Si vas a trabajar, buscar empleo o formarte, prepara un justificante: contrato, inscripción en un servicio de empleo extranjero o matrícula.
  2. Entra en la sede electrónica del SEPE y accede a tu Área personal con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. En el apartado de gestiones está la comunicación de salida al extranjero. Si no tienes identificación digital, usa el formulario de presolicitud (opción de baja de la prestación por salida de España, indicando las fechas en observaciones) o pide cita previa en tu oficina.
  3. Indica el tipo de salida: hasta 30 días, de 31 a 90 días o traslado por trabajo, formación o cooperación.
  4. Guarda el justificante de presentación con fecha y hora. Es tu prueba si después hay discusión.
  5. Avisa también a tu servicio de empleo autonómico, donde tienes la demanda de empleo, para que no te la den de baja por no acudir a una cita.
  6. Si la salida pasa de 30 días, espera la autorización del SEPE antes de viajar.
  7. Al volver, comunica el regreso. Si te suspendieron el paro, inscríbete de nuevo como demandante si hace falta y pide la reanudación en los 15 días hábiles siguientes. Si lo pides tarde, vuelves a cobrar desde el día de la solicitud y pierdes los días de retraso.

Qué pasa si sales del país sin avisar al SEPE

Salir de España sin avisar cobrando el paro puede costarte la prestación. La suspensión de 31 a 90 días solo existe si la salida se comunicó y se autorizó antes. Si el SEPE detecta una salida de más de 30 días que no comunicaste (por ejemplo, porque no acudiste a una cita), puede considerar que no había estancia autorizada y declarar extinguido el derecho. Los tribunales lo han avalado en varios casos, como la sentencia 731/2017 del Tribunal Supremo y la 1601/2022 del TSJ de Cataluña, por 44 días fuera sin comunicar.

Además del paro perdido, hay dos consecuencias:

¿Y si el viaje es corto y no lo dije? Una escapada de pocos días no suspende el paro, pero el Supremo ha dicho que también hay que comunicarla. Si te citan y no apareces, te pueden sancionar por no acudir. Si ya te has ido sin avisar, comunícalo cuanto antes desde el destino y explica el motivo: es mejor que esperar a que lo detecte el SEPE.

Buscar empleo en Europa y llevarte el paro con el formulario U2

Si quieres buscar trabajo en otro país de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza, puedes seguir cobrando el paro desde España: es la exportación, y el SEPE te paga mientras buscas empleo allí. Lo regula el artículo 64 del Reglamento (CE) 883/2004.

  1. Tienes que llevar al menos 4 semanas inscrito como demandante en España (el SEPE puede autorizar que salgas antes).
  2. Pide la exportación en el SEPE antes de irte. Te dará el documento U2.
  3. Inscríbete en el servicio de empleo del país de destino en los 7 días siguientes a dejar de estar disponible en España.
  4. Cobras durante 3 meses, ampliables hasta 6 si lo pides antes de que acaben.
  5. Vuelve antes de que termine el periodo autorizado. Si vuelves tarde, puedes perder el paro que te quede.

Fuera de la UE, el EEE y Suiza no hay exportación: solo puedes pedir la suspensión por búsqueda de empleo o trabajo si vuelves antes de 12 meses.

Viajar al extranjero cobrando el subsidio por desempleo

Las reglas son las mismas para el subsidio: el artículo 279 LGSS remite a los artículos 271 y 272 para la suspensión y la extinción. Por tanto:

Vale también para el subsidio para mayores de 52 años: un viaje largo sin avisar puede hacerte perder un subsidio que dura hasta la jubilación. En el subsidio vigilas además las rentas: si pasas fuera una temporada y alquilas tu casa, ese alquiler cuenta para el límite de 915,75 € al mes. Si quieres exportar un subsidio con el U2, pregunta antes en el SEPE si tu caso lo permite. Si aún cobras la renta activa de inserción (RAI), tiene reglas propias: confírmalas con tu oficina antes de viajar.

Casos que generan más dudas

Estas son las situaciones por las que más preguntan quienes viajan cobrando el paro:

Si te pasa esto……haz esto
Viajas dentro de España (Canarias, Baleares, Ceuta, Melilla)No es una salida al extranjero. No hace falta comunicarlo, pero sigue localizable y acude a las citas.
Vas a Andorra, Gibraltar o Portugal un díaEs extranjero. Una excursión cuenta dentro de tu salida corta del año: comunícala.
Te pones enfermo fuera y no puedes volverComunícalo enseguida desde allí con un informe médico. Una causa justificada evita la sanción.
Quieres repartir los 30 días en varias escapadasLa ley habla de «una sola vez cada año». Pregunta antes al SEPE cómo te lo computará y pide la respuesta por escrito.
Te sale un trabajo fuera de menos de 12 mesesComunícalo antes: se suspende y, al volver, reanudas el paro que te quedaba.
Vuelves sin trabajo tras trabajar fuera más de un añoPide un paro nuevo con tus cotizaciones en la UE (documento U1) o revisa el subsidio para emigrantes retornados.

Si te suspenden el paro por un viaje, los días no se pierden, solo se retrasan. Calcula tu nueva fecha de fin con la calculadora de cuánto paro me queda.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días puedo salir de España cobrando el paro?

Hasta 30 días naturales, una vez cada año natural, sin que se suspenda el paro, siempre que avises antes al SEPE. Entre 31 y 90 días al año el paro se suspende y lo recuperas al volver. Más de 90 días por motivos personales lo extinguen.

¿Tengo que avisar al SEPE si me voy una semana de vacaciones al extranjero?

Sí. Aunque una semana no suspende el paro, debes comunicar la salida antes de viajar por la sede del SEPE, con la presolicitud o con cita previa. Así evitas sanciones si te citan mientras estás fuera.

¿Qué pasa si salgo del país cobrando el paro sin avisar?

Si la salida pasa de 30 días y no la comunicaste, el SEPE puede extinguir el paro y pedirte que devuelvas lo cobrado. Además, es una infracción grave: pierdes 3 meses de paro la primera vez, 6 la segunda y todo el derecho la tercera.

¿Puedo irme dos veces al año al extranjero cobrando el paro?

Sí, pero solo una salida de hasta 30 días mantiene el paro. La segunda se trata como estancia: el paro se suspende esos días, con aviso y autorización previos, y no puedes pasar de 90 días de estancias en el año.

¿Si me suspenden el paro por un viaje pierdo esos días?

No. Durante la suspensión no cobras, pero esos días no se consumen: tu paro termina más tarde. Al volver tienes que pedir la reanudación en 15 días hábiles para no perder días.

¿Las reglas son las mismas si cobro el subsidio de mayores de 52 años?

Sí. El subsidio sigue las mismas reglas de suspensión y extinción que el paro: 30 días al año sin suspensión, de 31 a 90 días suspensión, y extinción si superas los 90 días por motivos personales. Avisa siempre antes de viajar.

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