Esta guía se refiere a personas trabajadoras sujetas al Estatuto de los Trabajadores. El personal funcionario tiene reglas propias: no deben confundirse sus permisos con los de esta tabla. El nacimiento y cuidado del menor se explica aparte porque es una suspensión del contrato con prestación de la Seguridad Social, si se cumplen los requisitos.

Tabla de permisos retribuidos en 2026

Mínimos legales para personas trabajadoras sujetas al Estatuto
MotivoDuraciónRegla y fuente
Matrimonio o registro de pareja de hecho15 días naturalesArt. 37.3.a
Hospitalización, accidente o enfermedad graves; operación sin ingreso con reposo domiciliario5 días laborablesPersonas cubiertas por el art. 37.3.b
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta segundo grado2 días; 4 con desplazamientoDías de trabajo según el calendario personal; art. 37.3.b bis
Traslado de domicilio habitual1 díaArt. 37.3.c
Deber público y personal inexcusableTiempo indispensableArt. 37.3.d; reglas específicas cuando existan
Funciones sindicales o de representaciónSegún regulación aplicableArt. 37.3.e
Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites previos de adopción previstos legalmenteTiempo indispensableSi deben realizarse dentro de la jornada; art. 37.3.f
Imposibilidad de acudir al trabajo por restricciones oficiales o riesgo grave, incluidas catástrofesHasta 4 días inicialmentePuede prolongarse si persiste la causa; art. 37.3.g
Actos preparatorios de donación de órganos o tejidosTiempo indispensableCuando deban realizarse dentro de la jornada; art. 37.3
Cuidado del lactante hasta 9 meses1 hora diaria, o alternativas legalesArt. 37.4
Urgencia familiar por enfermedad o accidente que exige presencia inmediataHoras retribuidas equivalentes a 4 días al añoFuerza mayor familiar; art. 37.9
Permiso parental para cuidar a un hijo menor de 8 añosHasta 8 semanasNo retribuido por ley, salvo mejora de convenio; art. 48 bis

El artículo 37 del Estatuto fija los derechos. El cómputo en días laborables de los permisos breves se interpreta conforme a la jurisprudencia; no significa necesariamente de lunes a viernes.

Permiso por hospitalización de un familiar: 5 días

El mínimo es de 5 días también para familiares de segundo grado. Se aplica a hospitalización, accidente o enfermedad graves, y a intervención quirúrgica sin ingreso cuando requiere reposo domiciliario.

Cubre al cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad y familiares consanguíneos de la pareja de hecho. También cubre a otra persona que conviva contigo y necesite tus cuidados efectivos. No se exige convivencia como requisito adicional a todos los familiares.

Ejemplos de parentesco: padres e hijos son primer grado; hermanos, abuelos y nietos, segundo grado. La afinidad incluye, entre otros, suegros y cuñados. Un tío o primo no queda cubierto automáticamente por parentesco, aunque podría encajar en el supuesto de conviviente que necesita cuidados.

¿El alta hospitalaria termina el permiso? No necesariamente: puede continuar si existe reposo domiciliario prescrito y persiste la necesidad que lo justifica. El alta hospitalaria no equivale siempre al alta médica.

¿Puedo empezar después del ingreso? La jurisprudencia ha admitido el inicio en un día laborable posterior mientras persista el hecho causante. Comunica las fechas y justifica la necesidad; esto no equivale a poder guardar o fraccionar libremente los días. Consulta las reglas de tu convenio y el caso concreto.

Consulta el análisis de las resoluciones sobre inicio del permiso y reposo tras el alta y el análisis sobre familiares y convivientes.

Permiso por fallecimiento: 2 días o 4 con desplazamiento

El artículo 37.3.b bis reconoce 2 días por fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado. Si necesitas desplazarte por ese motivo, se añaden otros 2 días. Tu convenio puede ampliar estos mínimos.

¿Cuántos días corresponden por fallecimiento de un padre, hermano o abuelo? El mínimo del Estatuto es el mismo: 2 días, o 4 con desplazamiento. No existe en este artículo una escala general de 5 días para primer grado y 4 para segundo.

¿Hay una distancia mínima? El Estatuto no establece un umbral general de 200 kilómetros. Comprueba las condiciones del convenio y documenta la necesidad del desplazamiento.

Matrimonio y pareja de hecho: 15 días naturales

El derecho de 15 días naturales incluye tanto el matrimonio como el registro de pareja de hecho. No depende únicamente de que lo reconozca el convenio.

Si el evento sucede en un día en que no trabajas, la jurisprudencia sitúa el inicio en el primer día laborable siguiente. Una vez iniciado, se cuentan días naturales, incluidos descansos y festivos. Comprueba cualquier mejora del convenio.

Ejemplo: si te casas un sábado, no trabajas el fin de semana y el lunes es laborable para ti, el permiso comienza el lunes. Desde ese día se cuentan 15 días consecutivos de calendario.

Puedes solicitar vacaciones antes o después, pero sus fechas deben acordarse conforme a las reglas de vacaciones; no puedes imponer unilateralmente su acumulación. Como justificante, aporta el certificado de matrimonio o de registro.

Permiso de lactancia: hora diaria o acumulación

Hasta que el menor cumple 9 meses, el artículo 37.4 reconoce una hora de ausencia diaria, divisible en dos fracciones. Puedes sustituirla por media hora de reducción de jornada o acumularla en jornadas completas. No existe una cifra universal de 15 días acumulados: depende de las jornadas pendientes y de tu horario, además de las mejoras aplicables.

Es un derecho individual de cada persona trabajadora. Ambos progenitores pueden ejercerlo; si trabajan en la misma empresa, esta solo puede limitar la simultaneidad por razones objetivas justificadas por escrito y ofreciendo un plan alternativo.

El permiso hasta 9 meses es retribuido. La extensión hasta 12 meses, cuando ambos ejercen el derecho con la misma duración y régimen, implica reducción proporcional del salario desde los 9 meses. En nacimientos múltiples la duración se incrementa proporcionalmente.

Nacimiento y cuidado del menor: 19 semanas en el régimen general

El artículo 48 establece una suspensión del contrato de 19 semanas por progenitor: 6 obligatorias inmediatamente después del parto, 11 distribuibles hasta los 12 meses del menor y 2 hasta que cumpla 8 años. En monoparentalidad el periodo general es de 32 semanas. Hay ampliaciones y reglas especiales.

La prestación de la Seguridad Social, si se cumplen sus requisitos, corresponde al 100 % de la base reguladora. Para hechos causantes anteriores a la reforma de 2025 hay que consultar sus disposiciones transitorias, especialmente respecto de las semanas adicionales. No confundas estas semanas con el permiso parental de hasta 8 semanas del artículo 48 bis: en 2026 ese permiso sigue sin salario ni prestación por ley, salvo que tu convenio lo mejore. Las 2 semanas del permiso por nacimiento que puedes disfrutar hasta que el menor cumpla 8 años sí tienen prestación de la Seguridad Social.

Consulta el artículo 48 y la calculadora de baja por maternidad/paternidad; contrasta que la herramienta aplica las reglas de tu fecha de nacimiento.

Mudanza, exámenes y deber público

Mudanza: corresponde 1 día por traslado del domicilio habitual, mejorable por convenio. Justifica el traslado y acuerda cómo acreditar la fecha.

Exámenes de estudios: el artículo 23 reconoce permisos para concurrir a exámenes al cursar regularmente estudios para obtener un título académico o profesional. No establece con carácter general que sean retribuidos: revisa el convenio. Una oposición no debe presentarse automáticamente como un permiso retribuido del artículo 37.

Deber público inexcusable: el tiempo indispensable para cumplir una obligación pública y personal, como una citación judicial obligatoria o el ejercicio del sufragio, con las reglas específicas que correspondan. Una gestión administrativa ordinaria o una cita para renovar documentación no da automáticamente derecho a permiso pagado.

Elecciones del 29-N: calcula tus horas con el permiso para votar en el trabajo y, si te toca mesa, mira el permiso por mesa electoral y cuánto se cobra.

Urgencia familiar: el artículo 37.9 permite ausentarse por fuerza mayor vinculada a enfermedad o accidente de familiares o convivientes cuando sea indispensable la presencia inmediata. Se remuneran las horas equivalentes a 4 días al año conforme a lo previsto legalmente; no son cuatro días de libre disposición.

Cómo contar los días: naturales y laborables

Naturales: todos los días del calendario. Laborables: aquellos en los que te corresponde trabajar según tu jornada y turnos. Si trabajas los sábados, un sábado puede contar; si descansas un martes, ese martes no cuenta como día de trabajo.

Ejemplo de hospitalización: trabajas de lunes a viernes, comienzas el permiso el jueves y no hay festivos. Los cinco días laborables serían jueves, viernes, lunes, martes y miércoles, siempre que se mantenga la causa que justifica el disfrute.

Ejemplo de fallecimiento: el fallecimiento ocurre un domingo y el lunes es tu primer día de trabajo. Sin desplazamiento ni mejora de convenio, los dos días se disfrutan desde ese lunes.

Comprueba conjuntamente el hecho causante, el calendario, la duración y las reglas del convenio. Un convenio puede mejorar el derecho, pero no reducir el mínimo legal. La referencia de lunes a viernes no sirve para todas las personas.

Cómo solicitar un permiso retribuido

  1. Comunica el motivo y las fechas lo antes posible. Para hechos previsibles, respeta el preaviso aplicable; no hay un plazo universal de dos semanas para todos los permisos.
  2. Identifica el artículo del Estatuto y la mejora de convenio, si existe.
  3. Aporta documentación suficiente: certificado de ingreso y parentesco, de defunción, de registro o el justificante adecuado. No aportes información médica innecesaria.
  4. Guarda copia de tu solicitud y de la respuesta. Ante una negativa, pide el motivo por escrito y consulta a la representación laboral o a un profesional sobre cómo reclamar.

Modelo de solicitud por hospitalización

Este es un ejemplo completo. Cambia el parentesco, las fechas, el convenio y el justificante por los de tu caso:

Asunto: Solicitud de permiso retribuido por hospitalización

Comunico que mi madre ha sido hospitalizada el domingo 4 de octubre de 2026. Solicito el permiso retribuido de 5 días previsto en el artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores y, en su caso, la mejora de mi convenio colectivo, desde el lunes 5 hasta el viernes 9 de octubre de 2026 (días laborables según mi calendario), mientras persista la causa que lo justifica. Adjunto el justificante de ingreso hospitalario y el libro de familia que acredita el parentesco. Solicito confirmación de su registro.

Firma y fecha.

Puedes localizar las reglas de tu sector en nuestra guía de cómo encontrar tu convenio colectivo.

Permiso, vacaciones, excedencia y reducción de jornada

Los permisos retribuidos te permiten ausentarte manteniendo la remuneración que corresponda. Las vacaciones son un derecho distinto. Una licencia no retribuida no mantiene salario, y una excedencia por cuidado tampoco implica por sí misma sueldo de la empresa. La reducción de jornada por guarda legal reduce proporcionalmente el salario; la acumulación del permiso de lactancia tiene su propio régimen.

Preguntas frecuentes sobre permisos retribuidos

¿Cuentan los fines de semana?

En el permiso de matrimonio, sí, porque son días naturales. En los permisos que se computan en días de trabajo depende de tu calendario: un fin de semana trabajado puede contar, y un día de descanso no.

¿Cuántos días tengo por hospitalización de mi abuelo?

El abuelo es familiar de segundo grado: el mínimo del artículo 37.3.b es de 5 días, computados en días laborables, con los requisitos del permiso. Consulta si tu convenio mejora el derecho.

¿Qué pasa si coincide con vacaciones o baja médica?

No existe una regla general que interrumpa las vacaciones o permita recuperar después todos los permisos por fallecimiento u hospitalización. Revisa el convenio y las circunstancias, incluida la persistencia de la causa al reincorporarte. Las reglas sobre vacaciones coincidentes con incapacidad temporal o nacimiento son distintas.

¿Los permisos se descuentan de las vacaciones?

No. Un permiso retribuido reconocido no se convierte en vacaciones ni debe restarse de su saldo.

¿Tengo que justificarlo antes de disfrutarlo?

Debes avisar y justificar la causa. Ante una urgencia, comunica la ausencia lo antes posible y aporta la documentación cuando puedas, conforme a las reglas aplicables.

¿Puedo guardar los días para otro mes?

No son una bolsa de vacaciones. Deben responder a la causa legal; hospitalización y cuidados pueden permitir cierta flexibilidad mientras persista esa causa, pero no un aplazamiento libre.

¿Los funcionarios tienen los mismos días?

No necesariamente. Esta guía desarrolla el Estatuto de los Trabajadores. El personal funcionario se rige por el Estatuto Básico del Empleado Público y su normativa aplicable; el personal laboral público debe comprobar además su régimen y convenio.

¿Afecta el permiso a la antigüedad?

Los permisos retribuidos mantienen la relación laboral y no interrumpen la antigüedad.

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