👶 Tu situación
💶 Datos económicos
Aparece en tu nómina. Si no la tienes a mano, usa tu salario bruto mensual con la parte proporcional de pagas extra.
👨‍👩‍👧 Situaciones especiales
Solo cuenta si fueron más de 7 días o si el parto fue prematuro. Amplía el permiso hasta 13 semanas.
Tu prestación mensual
0,00 €
Total del permiso
0,00 €
Prestación diaria
0,00 €
Semanas retribuidas
19
Obligatorias tras el nacimiento
6
Hasta que cumpla 8 años
2

📅 Cómo se reparten las semanas

Semanas 1-6
Periodo obligatorio
Descanso ininterrumpido y a jornada completa justo después del parto o de la resolución de adopción o acogimiento.
Semanas 7-17
Periodo flexible
Por semanas completas, seguidas o separadas, hasta que el menor cumpla 12 meses. Puede disfrutarse a tiempo parcial si lo acuerdas con la empresa.
Semanas 18-19
Cuidado del menor
Semanas retribuidas que puedes usar hasta que tu hijo o hija cumpla 8 años.
⚠️ Estimación orientativa.

Actualizado el 11 de octubre de 2026 · Real Decreto-ley 9/2025 · Arts. 177 a 182 y 318 LGSS

Baja por maternidad y paternidad en 2026: 19 semanas

Lo que antes se llamaba baja por maternidad y baja por paternidad es hoy un único permiso: la prestación por nacimiento y cuidado de menor. Es un derecho de cada progenitor, igual para los dos e intransferible. El Real Decreto-ley 9/2025, en vigor desde el 31 de julio de 2025, lo amplió de 16 a 19 semanas por progenitor, y a 32 semanas en las familias monoparentales.

Las 19 semanas se reparten así:

En las familias monoparentales son 32 semanas: 6 obligatorias, 22 flexibles hasta los 12 meses y 4 hasta los 8 años.

Hijos nacidos entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025

Si tu hijo nació en esas fechas, tu permiso fue de 16 semanas. La reforma no te devuelve la semana flexible extra, pero sí puedes recuperar las 2 semanas de cuidado del menor (4 si sois familia monoparental). Así se piden:

  1. Desde cuándo: se pueden disfrutar desde el 1 de enero de 2026.
  2. Hasta cuándo: hasta que tu hijo cumpla 8 años.
  3. Cómo: por semanas completas, seguidas o separadas, a jornada completa o parcial.
  4. Requisito: estar de alta (o en situación asimilada) al empezar cada periodo.
  5. Trámite: avisa a tu empresa con antelación (el Estatuto pide al menos 15 días para estos periodos) y pide la prestación al INSS en Tu Seguridad Social, como máximo 15 días antes de empezar.

Estas semanas de baja por maternidad o paternidad también se pagan al 100 % de tu base reguladora.

Cuánto se cobra de baja por nacimiento

La prestación de la baja por maternidad o paternidad equivale al 100 % de tu base reguladora. La paga el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), no la empresa, y durante el permiso se sigue cotizando por ti. Así se calcula:

Tu casoBase reguladora diaria
Asalariado que cobra por mesesBase de cotización por contingencias comunes del mes anterior ÷ 30
Asalariado que cobra por díasBase del mes anterior ÷ días cotizados de ese mes
AutónomoSuma de tus bases de cotización de los 6 meses anteriores ÷ 180 (art. 318 LGSS)

La base de cotización no puede pasar del máximo de 2026, 5.101,20 € al mes. Por eso la prestación máxima es de 170,04 € al día: 22.615,32 € por las 19 semanas.

Además, la prestación está exenta de IRPF (art. 7.h de la Ley del IRPF). Como no tiene retención, el importe que recibes suele acercarse mucho a tu nómina habitual.

Ejemplo (asalariada): Marta tiene una base de cotización de 2.100 € en el mes anterior al parto.

Base reguladora diaria: 2.100 € ÷ 30 = 70 €/día

Prestación mensual: 70 € × 30 = 2.100 €

Total por 19 semanas (133 días): 70 € × 133 = 9.310 €, sin retención de IRPF.

Ejemplo (autónomo): Javier ha cotizado por una base de 1.000 € al mes los 6 meses anteriores al nacimiento.

Base reguladora diaria: 6.000 € ÷ 180 = 33,33 €/día

Total por 19 semanas: 6.000 € ÷ 180 × 133 = 4.433,33 €.

Requisitos de cotización según tu edad

Edad en el momento del nacimientoCotización mínima exigida
Menos de 21 añosNinguna
De 21 a 25 años90 días en los últimos 7 años, o 180 días en toda la vida laboral
26 años o más180 días en los últimos 7 años, o 360 días en toda la vida laboral

También tienes que estar de alta o en situación asimilada al alta. Los autónomos, además, deben estar al corriente de pago de sus cuotas.

Si no llegas a la cotización mínima: la madre trabajadora puede cobrar un subsidio no contributivo del 100 % del IPREM (20 € al día en 2026, o su base reguladora si es más baja) durante 42 días naturales tras el parto: 840 €. Son 14 días más (56 días, 1.120 €) si sois familia numerosa o monoparental, si el parto es múltiple o si la madre o el bebé tienen una discapacidad del 65 % o más (art. 182 LGSS). Aunque se den varias de estas situaciones, la ampliación es de 14 días como máximo.

Ampliaciones del permiso

En las familias monoparentales, el único progenitor suele sumar las dos semanas de ampliación (la suya y la del otro progenitor). Confírmalo con el INSS al presentar la solicitud.

Autónomos

Los autónomos tienen el mismo derecho a la baja por maternidad o paternidad de 19 semanas (32 si son familia monoparental) y cobran el 100 % de su base reguladora. La diferencia está en el cálculo: se suman las bases de cotización de los 6 meses anteriores y se dividen entre 180. Quien cotiza por la base mínima de su tramo cobrará poco. Es imprescindible estar al corriente de pago de las cuotas. Puedes revisar tu tramo en la calculadora de cuota de autónomos.

Cómo solicitarla

  1. Reúne el DNI, el certificado de empresa (si trabajas por cuenta ajena) y la inscripción del nacimiento en el Registro Civil.
  2. Entra en Tu Seguridad Social con Cl@ve o certificado digital. También puedes presentarla por correo o en una oficina con cita previa.
  3. Preséntala en los primeros días del permiso para no retrasar el cobro.

No confundir con el permiso parental

El permiso parental es distinto y compatible: permite ausentarse hasta 8 semanas para cuidar a hijos menores de 8 años. Consulta el resto de ausencias pagadas en nuestra guía de permisos retribuidos.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas semanas dura la baja por maternidad o paternidad en 2026?

19 semanas por progenitor: 6 obligatorias tras el nacimiento, 11 flexibles hasta que el menor cumpla 12 meses y 2 hasta que cumpla 8 años. En familias monoparentales son 32 semanas.

¿Cuánto se cobra de baja por nacimiento?

El 100 % de la base reguladora: la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior dividida entre 30 si cobras por meses. Para los autónomos, la suma de las bases de los 6 meses anteriores dividida entre 180. La paga el INSS y está exenta de IRPF.

¿La baja por paternidad dura lo mismo que la de maternidad?

Sí. Desde 2021 ambas duran lo mismo, y en 2026 son 19 semanas para cada progenitor. Las 6 primeras son obligatorias para los dos.

¿Puedo ceder semanas al otro progenitor?

No. El permiso es individual e intransferible. Solo las familias monoparentales acumulan el total de 32 semanas.

Mi hijo nació en 2024 o 2025, ¿puedo pedir las semanas nuevas?

Si nació entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025, puedes disfrutar desde el 1 de enero de 2026 las 2 semanas de cuidado del menor (4 en familias monoparentales), hasta que cumpla 8 años. La semana flexible extra no se recupera.

¿Los autónomos tienen derecho a las 19 semanas?

Sí, con el 100 % de su base reguladora, que se calcula con las bases de los 6 meses anteriores divididas entre 180. Tienen que estar al corriente de pago de sus cuotas.

¿Cuándo se cobra?

El INSS paga la prestación por meses vencidos, normalmente en los primeros días del mes siguiente, en la cuenta que indiques en la solicitud.

¿Tributa la prestación por nacimiento?

No. Está exenta de IRPF, así que el INSS no aplica retención.

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