Actualizado el 21 de octubre de 2026 · Elecciones generales del domingo 29 de noviembre de 2026 · Votación de 9:00 a 20:00
Faltan 39 días para las elecciones del 29 de noviembre. Puedes pedir el voto por correo hasta el jueves 19 de noviembre.
Tabla de horas para votar según tu horario del 29-N
Las horas dependen de cuánto se solapa tu jornada del domingo con la franja de votación, de 9:00 a 20:00. Esta es la escala que fijan las resoluciones autonómicas de permisos al aplicar el artículo 13 del Real Decreto 605/1999, que pone el máximo en 4 horas retribuidas:
| Tu jornada coincide con la votación… | Permiso pagado |
|---|---|
| 6 horas o más | 4 horas |
| De 4 a menos de 6 horas | 3 horas |
| De 2 a menos de 4 horas | 2 horas |
| Menos de 2 horas | Sin permiso: puedes votar fuera de tu horario |
Así queda con horarios reales. Todos los ejemplos salen de la calculadora de arriba:
| Tu horario del domingo 29 | Coincide | Permiso |
|---|---|---|
| De 8:00 a 16:00 | 7 h | 4 h |
| De 14:00 a 22:00 | 6 h | 4 h |
| De 6:00 a 14:00 | 5 h | 3 h |
| De 15:00 a 23:00 | 5 h | 3 h |
| De 17:00 a 1:00 | 3 h | 2 h |
| De 9:00 a 13:00 y de 16:00 a 20:00 (partida) | 8 h | 4 h |
| De 22:00 del sábado a 10:00 del domingo | 1 h | Sin permiso |
| Media jornada (50 %) de 10:00 a 14:00 | 4 h | 1 h 30 min |
- Es retribuido y no recuperable. Cobras esas horas como si las hubieras trabajado y no tienes que devolverlas otro día (art. 37.3.d del Estatuto).
- Lo paga tu empresa, igual que tu sueldo de ese día. No hay compensación pública.
- La empresa decide cuándo lo usas, según la organización del trabajo, pero siempre dentro del horario de votación.
- Si libras el domingo, no hay permiso ni día a cambio: votas en tu tiempo libre.
Cómo se cuenta la coincidencia con el horario de votación
Para el permiso para votar se cuentan solo las horas de tu jornada que caen entre las 9:00 y las 20:00 del domingo 29. Lo que trabajes antes de las 9:00 o después de las 20:00 no suma.
La escala usa intervalos cerrados por abajo: con exactamente 6 horas de coincidencia tienes 4 horas, con exactamente 4 tienes 3, y con exactamente 2 tienes 2. Con 1 hora y 59 minutos no hay permiso.
Si trabajas el domingo de elecciones de noche, a turnos o a media jornada
- Turno de noche que empieza el sábado 28. Solo cuenta lo que trabajes del domingo entre las 9:00 y las 20:00. Si sales a las 6:00, no coincide nada: votas al salir, cuando abren los colegios.
- Turno de noche que empieza el domingo 29. Igual: un turno de 22:00 a 6:00 no coincide con la votación y no da horas. Tienes todo el día para votar antes de entrar.
- Jornada partida. Se suman los dos tramos. De 9:00 a 13:00 y de 16:00 a 20:00 coinciden 8 horas: te tocan 4.
- Tiempo parcial o jornada reducida. El permiso se reduce en proporción a tu jornada frente a una completa. Al 50 %, 3 horas se quedan en 1 hora y 30 minutos.
- Varios empleos el mismo domingo. Cada empresa calcula el permiso para votar con el horario que tienes con ella.
Permiso para el voto por correo en el trabajo
Si trabajas lejos de tu domicilio o en condiciones que te impiden votar el domingo, puedes usar un permiso de hasta 4 horas retribuidas para los trámites del voto por correo (art. 13.2 del Real Decreto 605/1999). Sustituye al permiso del domingo: no tienes los dos.
- Para qué sirve: para pedir el voto en persona en una oficina de Correos (con el DNI original) y para enviar después el sobre por correo certificado.
- Cuántas horas: se calcula con la misma escala, pero comparando tu jornada de ese día con el horario de tu oficina de Correos. Elige «Ir a Correos» en la calculadora y pon el horario de tu oficina.
- Si lo pides por internet con certificado digital o DNI electrónico, no necesitas permiso para la solicitud.
| Trámite | Plazo |
|---|---|
| Pedir el voto por correo | Del 6 de octubre al jueves 19 de noviembre |
| Recibir la documentación en casa | A partir del 9 de noviembre, aproximadamente, por correo certificado y en mano |
| Enviar el voto en Correos | Como muy tarde el miércoles 25 de noviembre |
Si pides el voto por correo, ya no puedes votar en persona en tu mesa. Tenlo en cuenta antes de pedirlo.
Si trabajas fuera de tu municipio o vives en el extranjero
Si el 29-N trabajas lejos de donde estás censado (en otra provincia, en un barco, de viaje de trabajo), tienes dos caminos: usar las horas del domingo si te da tiempo a volver a votar, o pedir el voto por correo antes del 19 de noviembre y usar el permiso para Correos. El permiso del domingo no se amplía por la distancia.
Si vives en el extranjero y estás inscrito en el CERA, votas desde allí: el voto se envía a la oficina consular o se deposita en la urna del consulado en los días que fija el calendario. Los permisos de esta página son de la normativa laboral española: se aplican si tu contrato se rige por la ley española, por ejemplo si te ha desplazado temporalmente una empresa española. Si trabajas para una empresa extranjera con contrato de ese país, depende de su ley.
Si estás fuera de España solo unas semanas, consulta en la web del Ministerio del Interior cómo votar como desplazado temporal antes de irte.
Cómo pedir el permiso para votar y justificarlo
- Calcula tus horas de permiso para votar con tu horario exacto del domingo 29.
- Avisa a tu empresa con antelación, por escrito, de que vas a usar el permiso y en qué franja te viene mejor.
- Acepta el momento que organice la empresa, siempre que sea entre las 9:00 y las 20:00 y te dé tiempo a votar.
- Pide en la mesa el justificante de voto al votar. Si votas por correo, guarda el resguardo de Correos.
- Entrégalo al volver y revisa que la nómina de noviembre no tenga descuentos.
Un mensaje corto basta. Por ejemplo: «Buenos días: el domingo 29 de noviembre de 2026 tengo turno de 8:00 a 16:00. Os comunico que usaré el permiso retribuido de 4 horas para votar que me corresponde. Si os viene bien, lo tomaré de 9:00 a 13:00. Os entregaré el justificante de voto al volver. Un saludo.»
Si te descuentan las horas, reclama por escrito y, si no lo corrigen, acude a la Inspección de Trabajo o presenta una papeleta de conciliación: tienes un año para reclamar lo que no te pagaron (art. 59 del Estatuto).
Qué cambia según tu comunidad autónoma
Cada comunidad publica en su boletín una resolución de permisos para cada elección. La escala habitual es la de la tabla de arriba: la aplican, por ejemplo, la Comunidad de Madrid y Extremadura en sus últimas resoluciones.
El País Vasco usa otra escala en sus órdenes: con 4 horas o más de coincidencia te tocan 4 horas, y con menos, el mismo tiempo que coincida (Orden de 2 de mayo de 2024). La calculadora te deja elegirla. A 21 de octubre de 2026 no todas las comunidades han publicado aún su resolución para el 29-N: si la tuya cambia algo, se aplica lo que diga.
Los empleados públicos tienen el mismo permiso para votar. La Delegación del Gobierno en Castilla y León ya las ha recordado para el personal del Estado en una circular de octubre de 2026.
Si te ha tocado formar parte de una mesa o vas como interventor o apoderado, no es este permiso: tienes jornada completa. Lo explicamos en el permiso por mesa electoral en el trabajo. Si cobras el paro, mira mesa electoral y paro, y para la dieta, cuánto se cobra en una mesa electoral. Si quieres saber si puedes excusarte, lee cómo librarse de la mesa electoral.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas horas me dan para votar si trabajo el 29 de noviembre?
Hasta 4 horas retribuidas. Depende de cuánto coincida tu jornada con el horario de votación (de 9:00 a 20:00): 4 horas si coincide 6 o más, 3 horas si coincide de 4 a menos de 6, 2 horas si coincide de 2 a menos de 4 y ninguna si coincide menos de 2.
¿Me pueden descontar las horas para ir a votar?
No. Es un permiso retribuido y no recuperable: cobras como si hubieras trabajado y no tienes que devolver las horas. La empresa sí puede decidir en qué momento las usas y pedirte el justificante de voto.
¿Tengo permiso para votar si trabajo a media jornada?
Sí, pero reducido en proporción. Si trabajas al 50 % y tu horario coincide 4 horas con la votación, te corresponden 3 horas por el 50 %: 1 hora y 30 minutos.
¿Hay permiso para el voto por correo?
Sí. Si trabajas lejos de tu domicilio o tienes dificultades para votar el domingo, puedes usar un permiso de hasta 4 horas retribuidas para pedir el voto en Correos en persona y para enviarlo. Se calcula con la misma escala, comparando tu jornada con el horario de tu oficina de Correos, y sustituye al permiso del domingo.
¿Tengo permiso si trabajo de noche el domingo de elecciones?
Solo si tu turno coincide al menos 2 horas con el horario de votación del domingo. Un turno de 22:00 a 6:00 no coincide con la franja de 9:00 a 20:00, así que no da derecho a horas: puedes votar antes de entrar o al salir.
¿Qué justificante tengo que dar en la empresa?
El justificante de voto que te da la mesa electoral si lo pides al votar. Si votas por correo, guarda el resguardo de Correos de la solicitud o del envío.
📜 Fuentes y base legal
- Real Decreto 605/1999, art. 13: hasta 4 horas retribuidas para votar, reducción proporcional en jornada reducida y hasta 4 horas para el voto por correo. (BOE de 17 de abril de 1999)
- Estatuto de los Trabajadores, art. 37.3.d: permiso retribuido para cumplir un deber público, incluido el voto; art. 59 para reclamar. (BOE)
- Resolución de la Comunidad de Madrid de 26 de abril de 2023 y Resolución de Extremadura de 31 de mayo de 2023: escala de 2, 3 y 4 horas y permiso para el voto por correo según el horario de Correos. (BOCM y DOE)
- Orden del Gobierno Vasco de 2 de mayo de 2024: escala propia del País Vasco. (BOPV)
- Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre: convocatoria de las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026. (BOE de 6 de octubre de 2026)
- Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General: voto por correo y voto de los residentes en el extranjero. (BOE)
- La Moncloa: guía de las elecciones generales del 29-N: horario de votación y calendario electoral. (Ministerio del Interior)
Información revisada a 21 de octubre de 2026. La escala de horas la fija cada comunidad en su resolución para cada elección: la calculadora aplica la habitual y, si lo eliges, la del País Vasco. Tu convenio puede mejorarla. Ver metodología.
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